Ricardo Plata Cepeda, presidente de Intergremial del Atlántico.
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Archivo Zona Cero

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Fallo por acto terrorista de FARC contra Promigas atenta contra empresa privada: Intergremial

Gremio dice que es "inaudito" trasladar responsabilidades al concesionario.

En un comunicado de 5 puntos, el Comité Intergremial del Atlántico calificó de "inaudito" el fallo de un tribunal de La Guajira de trasladarle al concesionario, Promigas, las responsabilidades por las acciones terroristas contra su propia estructura.

"La decisión judicial abre la puerta a un peligroso factor adicional de inestabilidad jurídica que mina la confianza del inversionista privado en el país", sostiene el Intergremial.

La decisión del Tribunal Contencioso Administrativo de La Guajira confirmó la sentencia del Juzgado Segundo Administrativo Oral de Riohacha que obliga a Promigas y al Ministerio de Minas a pagar indemnizaciones por $3.700 millones de pesos por un atentado de las FARC al gasoducto Ballenas- Barranquilla en 2001.

Los puntos del comunicado:

1- La decisión del dicho Tribunal constituye una embestida jurídica contra el sector empresarial dado que traslada al inversionista privado de una concesión la responsabiliad de un acto terrorista perpetrado por terceros contra la infraestructura construida y operada para la prestación de los servicios públicos derivados de la misma.

2- Esa decisión, inédita en el país y en el mundo, introduce para cualquier inversión privada bajo la figura de concesión, ya no incertidumbre jurídica sino, más grave, certidumbre de riesgo por acciones criminales dirigidas contra la propia empresa.

3-  La decisión sobre el caso abre la puerta, mediante cuestionables argumentos, a un nuevo y peligroso factor de inestabilidad jurídica que socava la confianza del inversionista privado del país.

4- La empresa condenada por los hechos que dieron ligar a estas sorprendetes decisiones judiciales, no solo no es responsable, dado que quedó demostrado que la explosión del gasoducto no fue causada por una falla operacional y técnica, sino que fue víctima del atentado terrorista sobre un gasoducto que se construyó en una servidumbre legal en predios que estaban deshabitados para entonces.

5- Causa extrañeza que las decisiones del Juzgado y del Tribunal en cuestión no atribuyan responsabilidad alguna al municipio ni al departamento por la explosión del gasoducto a raíz del atentado de las FARC, cuando a las autoridades de esos entes territoriales les corresponde velar por la seguridad de sus habitantes y evitar la invasión de las zonas adyacentes a una infraestructura como la que fue blanco de la acción terrorista.

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